La ley de lesiones personales en California — qué significa y qué cubre
Un caso de lesiones personales en California es un reclamo civil presentado por alguien que ha sido dañado física, emocional o financieramente por la negligencia o conducta indebida de otra parte. La parte lesionada — el demandante — busca compensación por gastos médicos, ingresos perdidos, capacidad futura de ingresos, dolor y sufrimiento, pérdida del disfrute de la vida y (cuando la conducta es suficientemente atroz) daños punitivos.
Los reclamos de lesiones personales en California están regidos principalmente por el Código de Procedimiento Civil §335.1 (estatuto de limitaciones de dos años para la mayoría de los reclamos de negligencia) y el Código Civil §1431 y siguientes (culpa comparativa). La regla general es que un demandante lesionado puede recuperar daños de cualquier parte cuya negligencia contribuyó a la lesión, con la recuperación reducida proporcionalmente por la propia participación de culpa del demandante.
Casos que manejamos
- Colisiones de vehículos motorizados — accidentes de vehículos de pasajeros, choques de varios vehículos, accidentes en autopistas y calles
- Accidentes de motocicleta — incluyendo cuestiones de sesgo y pre-emisión de defensa de casco
- Colisiones de bicicletas y peatones — particularmente comunes en vecindarios densos de LA
- Accidentes de camión — camiones comerciales, vehículos de entrega, colisiones relacionadas con servicios de transporte compartido
- Responsabilidad de locales — resbalones y caídas, tropiezos, seguridad inadecuada, mordeduras de perro
- Productos defectuosos — defectos de diseño, defectos de fabricación, falta de advertencia
- Mala praxis médica — falla en el diagnóstico, errores quirúrgicos, errores de medicación
- Muerte por negligencia — cuando la negligencia resultó en la muerte de un familiar
Lo que un demandante lesionado de California puede recuperar
California reconoce tanto daños económicos (facturas médicas, ingresos perdidos, pérdida futura de capacidad de ingresos, daños a la propiedad) como daños no económicos (dolor y sufrimiento, angustia emocional, pérdida del disfrute de la vida, pérdida del consorcio). Fuera de mala praxis médica (que está sujeta a los topes de MICRA), no hay tope estatutario en los daños no económicos en la mayoría de los casos de lesiones personales de California.
En casos de conducta atroz — conducir ebrio, mala conducta intencional, fraude o desprecio consciente por la seguridad de otros — los tribunales de California también pueden otorgar daños punitivos destinados a castigar al acusado y disuadir conducta similar en el futuro.
Cuánto tiempo tiene para presentar
La mayoría de los reclamos de lesiones personales de California tienen un estatuto de limitaciones de dos años desde la fecha de la lesión. Los reclamos de mala praxis médica están típicamente limitados a un año desde el descubrimiento de la lesión o tres años desde el acto, lo que sea más temprano. Los reclamos contra entidades públicas (ciudades, condados, agencias estatales) requieren un reclamo gubernamental presentado dentro de seis meses. Perder cualquiera de estas fechas límite es fatal para el caso.
Cómo cobramos
Los casos de lesiones personales en Solov & Teitell se manejan por honorarios por contingencia. No hay cargo por la consulta inicial, no hay cargo por investigar el caso, y no se deben honorarios a menos que recuperemos un acuerdo o veredicto a su favor. Adelantamos los costos del litigio y nos reembolsamos de la recuperación.